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CIDH presenta casos sobre Guatemala y Venezuela ante la Corte IDH
9 de agosto de 2011
Washington, DC, 22 de marzo de 2011 - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso 12.590, Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”) respecto de Guatemala, y el caso 12.605, Joe Luís Castillo González y otros, respecto de Venezuela.
El caso 12.590, Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”), Guatemala, se relaciona con la desaparición forzada de 26 víctimas, con la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de Rudy Gustavo Figueroa Muñoz y con la detención y tortura de la niña Wendy Santizo Méndez. Estos hechos se encuentran en la impunidad, en tanto el Estado de Guatemala no ha realizado una investigación seria y efectiva ni ha identificado ni sancionado a los responsables materiales e intelectuales de los mismos. Este caso es ilustrativo del contexto de la política contrainsurgente caracterizada por el terror y las violaciones sistemáticas a los derechos humanos durante el conflicto armado en Guatemala, así como de la situación de impunidad que habitualmente acompaña estas violaciones en ese país. A esto de suma el ocultamiento durante años de información relacionada con el uso de la inteligencia militar como forma de contrainsurgencia. El documento conocido como “Diario Militar” dado a conocer por la organización no gubernamental National Security Archive en el año 1999, contiene un registro de operativos – tales como secuestros, detenciones secretas y, en muchos casos, asesinatos – e información sobre las víctimas de dichos operativos. Este documento fue elaborado por la unidad de la inteligencia presidencial guatemalteca conocida como El Archivo, entre agosto de 1983 y marzo de 1985, y en el registro de acciones perpetradas contra unas 183 personas se encuentran las víctimas del caso 12.590. El caso se envió a la Corte IDH el 18 de febrero de 2011 porque la Comisión consideró que el Estado no cumplió con las recomendaciones contenidas en el informe de fondo.
El caso 12.605, Joe Luís Castillo González y otros, Venezuela, se relaciona con el asesinato, el 27 de agosto de 2003, del defensor de derechos humanos Joe Luís Castillo González, en un atentado en que su esposa, Yelizte Moreno de Castillo, y su hijo de un año y medio de edad, Luís César Castillo Moreno, resultaron gravemente heridos. El atentado contra Joe Luís Castillo González permanece en la impunidad, pues el Estado no llevó a cabo investigaciones serias y efectivas para identificar a los responsables y, en su caso, imponer las sanciones que correspondan. La investigación iniciada tuvo serias irregularidades y fue archivada por el Ministerio Público sin que se practicaran diligencias tendientes a esclarecer los hechos de acuerdo con líneas lógicas de investigación. La Comisión dio por probado que en la investigación aparecieron indicios de presunta connivencia y/o participación de agentes estatales en el atentado de Joe Luís Castillo González, indicios que fueron desechados sin agotar las respectivas investigaciones. Esta falta de investigación seria y efectiva, además de constituir una violación del derecho a la vida y a la integridad personal y una denegación de justicia respecto de los familiares de Joe Luís Castillo González, tuvo un efecto amedrentador contra defensores y defensoras de derechos humanos en la zona de Machiques, Estado Zulia y, particularmente, en el Vicariato Apostólico. Al remitir el caso a la Corte, la CIDH indicó los contextos de violencia y hostigamiento que enfrentan las defensoras y defensores de derechos humanos en Venezuela, y el efecto amedrentador que puede generar este asesinato en la comunidad de defensoras y defensores de derechos humanos, el cual se incrementa con la situación de impunidad en la que se encuentran los hechos. El caso se envió a la Corte IDH el 22 de febrero de 2011 porque la Comisión consideró que el Estado no cumplió con las recomendaciones contenidas en el informe de fondo.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 24/11