CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH deplora muertes violentas en cárcel de Bolivia

28 de agosto de 2013

Washington D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la muerte violenta de al menos 30 personas en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (“cárcel de Palmasola”), Departamento de Santa Cruz, en Bolivia. La CIDH insta al Estado a investigar los hechos y sancionar a los responsables, y adoptar las medidas pertinentes para evitar la repetición de hechos similares, en particular aquellas relativas al fortalecimiento institucional del sistema penitenciario.

De acuerdo con información ampliamente difundida y corroborada por autoridades del Estado, el viernes 23 de agosto de 2013 en horas de la madrugada se produjo un enfrentamiento entre internos en el sector de máxima seguridad de la cárcel de Palmasola que dejó un saldo de al menos treinta muertos y más de cincuenta heridos, varios de ellos con graves quemaduras. Entre las personas que perdieron la vida estuvo un niño de un año y medio que vivía en el penal.

Estos hechos se habrían producido cuando un grupo de internos del pabellón B hizo explotar dos balones metálicos de gas licuado contra el pabellón A, provocando un incendio cuando muchos de los reos aún dormían, en el ataque también utilizaron machetes, cuchillos, palos y armas de fuego. Posteriormente, los bomberos tardaron varias horas en apagar el incendio y controlar a los reos. Este enfrentamiento se produjo por pugnas entre los reclusos por el control del poder dentro del penal.

En atención a estos hechos, la CIDH reitera que los Estados, como garantes de los derechos de las personas privadas de libertad tienen el deber fundamental de asegurar el control y la seguridad interna de las cárceles. El debido control por parte de las autoridades del orden interno en las cárceles es el presupuesto esencial para garantizar los derechos humanos de las personas privadas de libertad, y no pueden de ninguna manera renunciar a este deber inherente. Asimismo, los Estados tienen la obligación de investigar de oficio y con la debida diligencia todas aquellas muertes de personas que se encuentran bajo su custodia.

Resulta particularmente preocupante el hecho de que entre los fallecidos en estos graves hechos de violencia se encontraba un niño. La Comisión observa que en Bolivia existen más de dos mil niños viviendo con sus padres en los centros penitenciarios, de los cuales más de la mitad son menores de seis años. A este respecto, la Comisión valora positivamente que el Estado haya reforzado su atención a esta problemática desde junio del presente año; sin embargo, considera que la precariedad de infraestructura, salubridad y seguridad, falta de control y seguridad interna en los centros penitenciarios de Bolivia, constituyen serios factores de riesgo para la integridad física, psíquica y moral de los niños, niñas y adolescentes que conviven con sus padres y madres en las prisiones. En consecuencia, reitera que es fundamental que el Estado boliviano adopte medidas integrales, constantes y de aplicación general para asegurar que cuando los hijos e hijas sean alojados en los centros de detención junto con su padre o madre privado de libertad, se tenga en cuenta el interés superior del niño al establecer las políticas pertinentes, en particular que tengan acceso a los servicios de protección especial, alimentación, salud y educativos necesarios para su desarrollo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 62/13