CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH felicita a Suprema Corte de México por adopción de protocolo para casos que involucren orientación sexual o identidad de género

29 de agosto de 2014

Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) felicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México por la adopción de un protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual y la identidad de género, de conformidad con normas vinculantes e internacionalmente reconocidas en materia de derechos humanos. La CIDH desea reconocer también el importante papel del Presidente de la SCJN, Juan N. Silva Meza, en esta importante iniciativa.

La CIDH toma nota de que este protocolo judicial, el cual aunque no es vinculante, ofrece algunos principios orientadores clave dirigidos a jueces/juezas para dictar sentencia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género y, en cierta medida también, la diversidad corporal. Cabe destacar que en el protocolo se señalan algunos estereotipos comunes y conceptos errados acerca de las personas LGBTI, los cuales suelen obstaculizar su derecho a tener acceso a la justicia sin discriminación en diversas esferas, como el reconocimiento de la identidad de género, la vida familiar y las relaciones familiares, el trabajo y el empleo, la violencia y el sistema penal, la salud, la educación, la privación de la libertad y la libertad de expresión y de asociación.

La Comisionada Tracy Robinson, Presidenta de la CIDH y Relatora sobre los Derechos de las Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex, participó en el lanzamiento del protocolo en la Ciudad de México el 18 de agosto de 2014. “Quiero felicitar a la Suprema Corte por haber dado este paso tan importante para la protección de los derechos humanos”, dijo. “Este protocolo es pionero y merece ser emulado en las Américas. El protocolo marca un comienzo importante que puede aportar a la transformación de la justicia no solamente en México sino en todos los lugares que lo tomen como modelo”, agregó.

A lo largo de los años, la CIDH ha recibido información perturbadora acerca de los numerosos obstáculos que enfrentan las personas LGBTI en el acceso a la justicia, entre ellos el trato inadecuado, e incluso el maltrato, arraigado en prejuicios, a manos de agentes de seguridad y funcionarios del Estado en la administración del sistema de justicia; la poca prioridad que se asigna a estos casos dentro del sistema de administración de justicia y la ineficacia del sistema judicial para abrir líneas de investigación que tomen en cuenta la orientación sexual o la identidad de género de la víctima, particularmente en lo que se refiere a la investigación de homicidios y actos de violencia contra personas LGBT o contra aquellas que son percibidas como tales. Estos obstáculos están relacionados con ideas erróneas de funcionarios de la administración del sistema de justicia acerca de estas personas. En consecuencia, muchas personas LGBTI no acuden a los sistemas judiciales cuando son víctimas de violaciones a sus derechos humanos. Esta situación contribuye también a la falta de confianza generalizada en el sistema judicial que tienen las personas LGBTI y en su capacidad para responder de manera adecuada frente a los abusos a sus derechos humanos. Los fallos judiciales sesgados como consecuencia del uso de estereotipos negativos contra las personas LGBTI fomentan la impunidad y obstaculizan el acceso, libre de discriminación y violencia de las personas LGBTI a la justicia.

En este sentido, la Presidenta de la CIDH observó la importancia del protocolo, señalando que “los estereotipos constituyen un obstáculo para la justicia y contribuyen a la ‘ineficacia judicial’ respecto de estos casos, generándose impunidad, lo cual a su vez contribuye a que la desigualdad sea tolerada socialmente”.

El Poder Judicial desempeña un papel decisivo como agente de cambio en la reversión de los estereotipos que impiden el goce de los derechos humanos de las personas LGBTI, sin discriminación alguna. La Corte Interamericana ya ha señalado que “el Derecho y los Estados deben ayudar al avance social, de lo contrario se corre el grave riesgo de legitimar y consolidar distintas formas de discriminación violatorias de los derechos humanos”.

Este protocolo da a jueces y juezas algunas herramientas importantes, al dictar sentencia en casos que involucran la orientación sexual y la identidad de género, para detectar, combatir y eliminar de los procesos de adopción de decisiones los prejuicios originados en una interpretación social de los atributos, el comportamiento o las características de las personas LGBTI. Así, el protocolo exhorta a jueces y juezas a cuestionar la neutralidad del derecho aplicable a un caso, si se observa una situación de desventaja por cuestiones relacionadas con la orientación sexual o la identidad de género; así como a valorar las pruebas sin dejarse influenciar por estereotipos o prejuicios relacionados con la orientación sexual o la identidad de género.

La CIDH insta a otros Estados Miembros de la OEA a que adopten protocolos similares u otras iniciativas que consideren convenientes para asegurar el goce del derecho de acceso a la justicia por y para las personas LGBTI, sin discriminación o violencia. Asimismo, la CIDH insta a México a que colabore con otros Estados Miembros de la OEA en la reproducción de estas iniciativas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 95/14