CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH publica informe sobre Impacto del Procedimiento de Solución Amistosa

10 de noviembre de 2014

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un informe sobre el Impacto del Procedimiento de Solución Amistosa. El lanzamiento oficial del Informe se realizó el 30 de octubre en la sede de la Comisión, con la participación como exponentes de miembros de la CIDH, del Embajador Observador Permanente de España ante la OEA, de representantes de los Estados de Argentina y de México, y de organizaciones de la sociedad civil: Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Los panelistas reconocieron la gran importancia que tiene la utilización del mecanismo de solución amistosa para la resolución por una vía no contenciosa de peticiones y casos de violaciones de derechos humanos presentados ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

“Este informe es un resumen de tres décadas de progresiva implementación del procedimiento de soluciones amistosas”, dijo en la presentación la Presidenta de la CIDH, Tracy Robinson. “Contiene información sobre cómo el diálogo entre peticionarios, víctimas y Estados puede materializarse en arreglos creativos, ágiles y flexibles, que ponen fin a una disputa por violación a los derechos humanos”, agregó.

El informe busca fortalecer el mecanismo de soluciones amistosas compartiendo información con todos los usuarios del Sistema Interamericano sobre los resultados obtenidos a través de acuerdos de solución amistosa. La Comisión espera que esta información sirva a Estados y a peticionarios como guía sobre las características y buenas prácticas que se han desarrollado en el marco del procedimiento.

“Nuestro principal objetivo es mejorar el mecanismo, a fin de promover un expedito acceso a la justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos, quienes pueden utilizar este mecanismo alternativo basado en la negociación, la buena fe, y la voluntad libremente expresada por las partes”, puntualizó la Presidenta Robinson en su presentación. “Éticamente, debemos promover acuerdos que sean elegidos libremente, que sirvan el interés de la justicia - en especial para las víctimas - y que sean implementados en forma sincera y apropiada”, agregó.

Para los peticionarios y las víctimas de violaciones de derechos humanos, el procedimiento de solución amistosa abre la posibilidad de negociar los términos de la reparación de las afectaciones producidas por la violación a sus derechos y de obtener una resolución más rápida del conflicto y más adecuada a sus propias necesidades. De otra parte, para los Estados, el arreglo amistoso de la controversia permite demostrar su compromiso de respeto y garantía de los derechos humanos y el cumplimiento de buena fe de las obligaciones asumidas en la Convención Americana y otros instrumentos regionales de protección de los derechos humanos. Dicho espacio también se ha presentado como una oportunidad de adoptar políticas públicas construidas en un escenario participativo con la presencia de peticionarios, víctimas y con el acompañamiento de la CIDH.

El informe está estructurado en dos secciones que hacen referencia a la evolución del mecanismo y al impacto de la implementación de los acuerdos de solución amistosa. Estados y peticionarios han contemplado un amplio abanico de medidas de reparación en estos acuerdos. En este sentido, numerosas víctimas de violaciones de derechos humanos han obtenido la restitución plena del derecho vulnerado mediante acuerdos de solución amistosa o su reparación mediante la ejecución de medidas de satisfacción vinculadas a la aceptación y reconocimiento público de responsabilidad por parte del Estado, la celebración de actos de desagravio y la publicación de disculpas públicas, así como la investigación de los hechos y sanción de los responsables de las violaciones. A través de estos acuerdos se han adoptado igualmente medidas de rehabilitación médica, psicológica y de asistencia social, medidas de compensación económica y medidas de no repetición. Estas últimas han servido para modificar las situaciones estructurales que dieron origen a la petición presentada ante la Comisión y persiguen evitar la comisión de futuras violaciones de derechos humanos.

“La Comisión valora los esfuerzos de Estados y peticionarios durante las casi tres décadas de negociación, suscripción y cumplimiento de los acuerdos de solución amistosa. Esto ha permitido a cientos de víctimas de violaciones a los derechos humanos obtener reparaciones y a los Estados adoptar medidas esenciales para evitar la repetición de dichas violaciones”, señaló la Presidenta. La CIDH reafirma que se encuentra a disposición de los usuarios del sistema interamericano a fin de facilitar futuras negociaciones de solución amistosa.

Este informe ha sido publicado gracias al apoyo del Fondo de España para la OEA y se encuentra disponible en la página web de la Comisión.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos y elegidas por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 132/14