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Comunicado de Prensa

CIDH saluda promulgación de la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia en Perú

25 de julio de 2016

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Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la promulgación de la Ley N° 30470, "Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000", en Perú, el 22 de junio de 2016. La misma constituye un paso fundamental en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos frente a las víctimas de desaparición ocurridas durante el conflicto armado, incluyendo el cumplimiento de recomendaciones emitidas por la CIDH.

La ley plantea "priorizar el enfoque humanitario durante la búsqueda de personas desaparecidas en el periodo de violencia 1980-2000, articulando y disponiendo las medidas relativas a la búsqueda, recuperación, análisis, identificación y restitución de los restos humanos". Este enfoque humanitario aspira a aliviar el "sufrimiento, la incertidumbre y la necesidad de respuestas de los familiares de las personas desaparecidas", a quienes también se les reconoce el derecho a la verdad respecto a las circunstancias que rodearon la desaparición de sus seres queridos, la situación de la desaparición incluido su paradero, o en caso de fallecimiento, las circunstancias de su muerte y el lugar de inhumación.

Para tal fin la ley le asigna al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la responsabilidad de diseñar, aprobar, implementar y ejecutar el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y, además, se crea un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro. Asimismo, se prevé el acompañamiento psicosocial de los familiares en el marco de los procesos de búsqueda.

La CIDH valora este importante avance por parte del Estado peruano en la búsqueda de la verdad, justicia y reparación para las víctimas de la violencia ocurrida durante el periodo 1980-2000. La Comisión espera que se apruebe el presupuesto necesario para su debida implementación y funcionamiento, y queda atenta a la aprobación del referido Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y la adopción de las normas relevantes para lograr su completa implementación.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 099/16