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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación ante la destitución de la presidenta constitucional y democrática de Brasil, Dilma Rousseff, a través de un juicio político sobre el cual se han planteado cuestionamientos respecto a las garantías del debido proceso.
El Senado de Brasil resolvió el 31 de agosto de 2016 destituir, con 61 votos a favor, a la Presidenta Rousseff, que había sido electa en 2010 y reelecta en 2014, ambas veces democráticamente a través del voto popular. La CIDH expresa su preocupación ante las denuncias sobre irregularidades, arbitrariedad y ausencia de garantías al debido proceso en las etapas del procedimiento. También la Organización de Estados Americanos (OEA) y otros organismos internacionales han expresado su preocupación al respecto.
La Comisión Interamericana observa que la figura del juicio político se encuentra prevista en varias normativas de la región, atribuyendo dicha facultad a Congresos, Parlamentos y Asambleas. Sin perjuicio de dichas competencias, el Sistema Interamericano ha considerado que todo procedimiento sancionatorio debe contar con las garantías mínimas del debido proceso, principalmente, si dichos procedimientos pueden afectar los derechos humanos de una persona. El cumplimento de estos principios posee particular relevancia en aquellos asuntos que versan sobre funcionarios públicos elegidos por voto popular, como es el caso de la presidenta Dilma Rousseff.
Ante los cuestionamientos sobre faltas al debido proceso, la CIDH considera de especial importancia la observancia que las autoridades competentes del Poder Judicial de Brasil proporcionen a este caso. Los órganos de supervisión internacional también están atentos al caso, así como a las posibles repercusiones que el proceso de destitución tiene en los derechos de la Presidenta Rousseff y en la sociedad brasileña. En este sentido, la CIDH tiene bajo su análisis una solicitud de medida cautelar y una petición, que continúan su curso regular.
En la deliberación sobre la solicitud de la medida cautelar y sobre la petición en curso, no participa el Comisionado Paulo Vannuchi, ciudadano brasileño, de conformidad con el Artículo 17.2.a. del Reglamento de la Comisión. En adición a ello, el Secretario Ejecutivo, Paulo Abrão, ha decidido no participar en el trámite de la solicitud de medida cautelar ni de la petición, debido a que anteriormente ocupó el cargo de Secretario Nacional de Justicia de Brasil durante el primer mandato de la Presidenta Dilma Rousseff.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 126/16