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Comunicado de Prensa

CIDH condena acción policial que resultó en la muerte de 9 personas en Brasil

6 de diciembre de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la información según la cual 9 personas han perdido la vida y otras han resultado heridas tras una acción de la policía en la Favela de Paraisópolis, São Paulo, Brasil. Al respecto, la Comisión urge al Estado a investigar y sancionar, de forma expedita e imparcial, a los responsables por dichos hechos, así como a reparar a las víctimas y sus familiares.

Según la información obtenida por la CIDH, una acción de la policía militar del Estado de São Paulo, el pasado 1º de diciembre, habría generado un movimiento de pánico y una estampida entre los asistentes a una fiesta popular callejera - “baile funk” - en la Favela de Paraisópolis. En su intento de salir del lugar, las personas asistiendo a esta fiesta se habrían atropellado y pisoteando unas a otras, resultando 9 personas fallecidas, entre ellas dos adolescentes de 14 y 16 años, y al menos 7 personas heridas.

De acuerdo con la Secretaría de Seguridad del Estado de São Paulo, la acción de la policía militar se desarrolló en el marco de un operativo en la Favela Paraisópolis cuando dos hombres en una moto dispararon contra los efectivos y huyeron en dirección a dicha fiesta popular, efectuando disparos lo que habría ocasionado la estampida mencionada. Por otra parte, víctimas y testigos de la tragedia afirman que los agentes policiales habrían cerrado la calle en donde tenía lugar la fiesta, haciendo uso de gases lacrimógenos y de balas de goma contra las personas presentes, sin que ningún enfrentamiento hubiese tenido lugar. Segun información pública y videos disponibles, agentes policiales cometieron malos tratos y abusos de manera indiscriminada en contra de jovenes que se dispersaban se la zona de la actividad cultural. Asimismo, la CIDH ha tomado conocimiento de que el servicio de atención médica de emergencia que habia sido accionado para brindar atención inmediata a las víctimas habria sido en seguida cancelado a solicitud de los militares del Cuerpo de Bomberos, habiendo un fuerte indicio de omisión que debe ser rigurosamente investigado.

La Comisión condena categóricamente esta acción policial y hace un llamado al Estado a iniciar sin dilación una investigación seria, imparcial y efectiva de los hechos, orientada a la determinación de la verdad, así como la individualización, enjuiciamiento y eventual sanción de los responsables de estos hechos. Además, la Comisión recuerda al Estado su deber de reparar a las víctimas de la violencia y sus familiares.

En reiteradas ocasiones la CIDH ha expresado su preocupación respecto del uso excesivo de la fuerza policial, particularmente en lo relativo a los altos niveles de letalidad policial y a su impacto desproporcional sobre personas afrodescendientes. Asimismo, en el marco de su visita in loco al país, en noviembre de 2018, la Comisión identificó que, en un contexto de discriminación estructural, las fuerzas policiales también realizan operaciones enfocadas en comunidades pobres y con alta concentración de personas afrodescendientes, sin la observancia de los estándares internacionales e interamericanos de derechos humanos y sin la existencia de mandatos judiciales.

En este sentido, la Comisión hace un llamado al Estado a adoptar las medidas necesarias para reformar el derecho interno, tanto federal como estatal, y armonizarlo con los estándares interamericanos y universales de derechos humanos en el contexto del uso de la fuerza en intervenciones policiales, observando los principios de excepcionalidad, necesidad, proporcionalidad y legalidad.

Asimismo, la CIDH recuerda que el Estado debe asegurar la participación de las comunidades en el diseño de estrategias y de los mecanismos de supervisión destinados a mejorar la actuación de los agentes policiales e invertir esfuerzos y adoptar medidas legislativas para revertir la militarización de la policía. Finalmente, la CIDH llama al Estado de Brasil a revisar sus protocolos de seguridad con enfoque en derechos humanos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 318/19