Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. - En ocasión del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama a los Estados a adoptar medidas especiales de prevención y combate contra malos tratos y tortura, que cuenten con perspectiva de género y enfoques diferenciados que atiendan los factores de discriminación que pueden incrementar los riesgos de determinadas personas de ser víctimas de este tipo de actos.
La CIDH también condena los tratos crueles, inhumanos y degradantes a los que están sujetos los presos políticos de la región, cuyos familiares son sujetos de hostigamiento y que, junto a representantes de organizaciones de la sociedad civil, denuncian los hechos sufridos por sus seres queridos, exponiendo su propia vida y su integridad personal.
Preocupa a la CIDH que a las restricciones de derechos, las carencias y dificultades generales que sufren las personas privadas de libertad, se añaden otras que derivan de su propia condición –en razón de factores como el género, etnia, discapacidad, orientación sexual, e identidad y expresión de género. Ello, expone a las mujeres y a otras personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad a múltiples factores de discriminación que derivan en afectaciones desproporcionadas durante el encarcelamiento, que incluyen también el mayor riesgo de ser víctimas de actos de tortura y otros malos tratos.
En particular, la Comisión ha advertido que las mujeres se enfrentan a un riesgo incrementado de ser víctimas de estos actos. A través de sus diversos mecanismos, la CIDH ha sido informada acerca de diversos actos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes perpetrados contra mujeres encarceladas en la región. En particular, estos actos incluirían abuso sexual, patadas por todo el cuerpo, semiasfixias con bolsas de plástico, y amenazas de daño a integrantes de su familia como medio de intimidación. Además, las mujeres se enfrentarían a un margen importante de malos tratos en el contexto de operativos de seguridad dentro de las prisiones.
Asimismo, las personas LGBTI, la CIDH ha referido que algunas de las formas más comunes de malos tratos consisten en el uso excesivo de la fuerza, requisas vejatorias y humillantes, hostigamiento, y castigos por muestras de afecto con personas del mismo sexo. Adicionalmente, con frecuencia las mujeres lesbianas, bisexuales y trans son sometidas a violencia sexual y "feminización forzada", es decir, prácticas que buscan modificar, mediante la violencia, sus orientaciones, identidades y expresiones de género. Además, en algunos casos, las mujeres lesbianas son ubicadas en celdas con hombres como castigo por rechazar las propuestas sexuales del personal de custodia, o sometidas a "violaciones correctivas" para modificar su orientación sexual.
Por su parte, las personas indígenas también están expuestas a ser víctimas de abuso físico y verbal por parte del personal penitenciario, como golpizas, tratos humillantes, comentarios de intolerancia y acoso. En cuanto a las personas con discapacidad, el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (SPT) ha destacado que su condición puede agudizar la situación de vulnerabilidad que enfrentan ante el riesgo de ser víctimas de tortura.
El trato a las personas privadas de libertad debe estar sujeto al escrutinio más estricto, tomando en cuenta la especial situación de riesgo que enfrentan, derivada de su misma condición intramural y del control del Estado respecto del ejercicio de sus derechos. En este sentido, la CIDH reitera que todo acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes constituyen una ofensa a la dignidad humana de las víctimas, así como una negación de los principios internacionales consagrados en distintos instrumentos regionales e internacionales en la materia.
En atención a ello, y considerando que las mujeres y otras personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad se enfrentan a mayor riesgo de ser víctimas de tortura y malos tratos, los Estados tienen el deber de prevenir y combatir este tipo de actos. Ello, a través de la adopción de medidas que contemplen perspectiva de género y un enfoque diferenciado.
En este contexto, la Comisión reitera que una perspectiva de género implica tomar en cuenta la situación especial de riesgo a la violencia en todas sus manifestaciones, así como también los riesgos específicos de mujeres que pertenecen a grupos históricamente discriminados. La adopción de enfoques diferenciados se refiere a la realización de acciones especiales que consideren las condiciones particulares –como etnia, condición de discapacidad, orientación sexual, e identidad y expresión de género– de las personas encarceladas pertenecientes a grupos históricamente discriminados.
Finalmente, en ocasión a la conmemoración del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, la CIDH urge a los Estados a desarrollar protocolos de investigación para que los casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, sean debidamente investigados y juzgados con perspectiva de género y enfoques diferenciados; e incorporar los estándares interamericanos en las capacitaciones a funcionarias, funcionarios y autoridades encargadas de la persecución penal y judicialización.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 146/22
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