CIDH emite resolución de seguimiento a medidas cautelares de indígenas tolupanes en Honduras

2 de enero de 2024

Enlaces útiles

Datos de Contacto

Oficina de Prensa de la CIDH

[email protected]

Lista de distribución

Suscríbase a nuestra lista de distribución de correos para recibir comunicaciones de la CIDH

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó el 27 de diciembre de 2023 la Resolución de seguimiento, ampliación y levantamiento parcial 83/2023, respecto de las medidas cautelares 416-13 a favor de indígenas tolupanes integrantes del Movimiento Amplio por la Justicia y Dignidad (MADJ) en Honduras.

La CIDH analizó la vigencia de las medidas cautelares y decidió ampliarlas a favor de 61 personas identificadas del Movimiento Amplio por la Dignidad y Justicia (MADJ), quienes habitan la Tribu San Francisco Locomapa. Ello debido al contexto de grave riesgo de las personas defensoras del medio ambiente, la tierra y el territorio en Honduras.

En el análisis de las medidas cautelares, la Comisión verificó que las personas beneficiarias han sufrido actos de violencia, intimidación, quema de casas y de cultivos a lo largo de los años, así como amenazas de muerte, debido a que se oponen a explotación de recursos naturales por parte de terceros. Se resalta que las situaciones de riesgo aumentaron desde 2021. La Comisión advirtió la gravedad de los hechos alegados, entre ellos, los incidentes de riesgo en contra de las propuestas beneficiarias por ser mujeres. Además, destacó que, tras el otorgamiento de las medidas cautelares en 2013, a lo largo de estos años, 11 personas integrantes del MADJ fueron asesinados, dos de ellas, beneficiarias de estas medidas.

La CIDH valoró las acciones de concertación a fin de implementar las medidas cautelares, como la creación de la Mesa Interinstitucional con la participación de diferentes instancias estatales, y la propuesta del Estado de implementar un plan para enfrentar las causas generadoras del conflicto en la Tribu San Francisco Locomapa. Sin embargo, la Comisión verificó que las medidas adoptadas por las autoridades no fueron efectivas para mitigar el riesgo de la situación y contexto que motivan la presente resolución.

Por su parte, la Comisión verificó un retraso para atender a situaciones de emergencia notificadas, así como para implementar medidas de protección adecuadas, pese a la evaluación de riesgo realizada en octubre de 2023 por el Mecanismo Nacional de Protección, que verificó el alto riesgo a las personas beneficiaras. Luego de un año, no se habría convocado el Comité Técnico para determinar las medidas para su protección

En consecuencia, la Comisión decidió: a) continuar con el seguimiento de las presentes medidas cautelares en los términos establecidos por el artículo 25 del Reglamento de la CIDH; b) levantar las medidas cautelares otorgadas a favor de Santos Matute y José Salomón Matute; c) ampliar las medidas cautelares otorgadas a favor de 61 integrantes del MADJ que habitan la Tribu San Francisco Locomapa, solicitando su protección en los términos de la Resolución 12/2013; y d) implementar las presentes medidas cautelares considerando el enfoque étnico y de género aplicable, según corresponda.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 005/24

6:10 PM