CIDH presenta caso ante Corte IDH por violaciones a derechos cometidas por agentes de la Policía Nacional Civil en Guatemala

22 de abril de 2025

Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el Caso Nº 13.049, H.O.V.T. y otros vs. Guatemala, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 4 de abril de 2025. El caso se refiere a violaciones cometidas por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) de Guatemala.

Los hechos ocurrieron entre 2004 y 2010 en San Pedro Sacatepéquez. Claudia Torres denunció en 2004 haber sido víctima de acoso sexual por parte de un oficial de la PNC, lo que generó hostigamientos y represalias contra ella y sus hijos por parte de la policía.

En este contexto, su hijo H.O.V.T., de 13 años, fue detenido arbitrariamente en 2004, golpeado y amenazado de muerte. Fue liberado, pero en 2005 fue asesinado a tiros. Otros miembros de la familia, como M.I.V.T. y F.L.V.T., junto con los amigos de la familia, Walter Haroldo Caña Chiroy y Mario Lisandro Pocón Ramos, también fueron detenidos y agredidos.

En su Informe de Fondo No. 344/22, la CIDH consideró las amenazas de muerte, las lesiones y la detención arbitraria de la víctima, así como las amenazas a su familia en un contexto de hostigamiento. Concluyó que agentes estatales estuvieron involucrados en la muerte de H.O.V.T, teniendo en cuenta que el Estado no refutó ni investigó adecuadamente estos hechos. Además, el Estado no explicó las agresiones sufridas por H.O.V.T., M.I.V.T., Mario Pocón y Walter Caña bajo custodia policial.

Por otra parte, consideró que las detenciones de las víctimas fueron ilegales y arbitrarias, ya que no se presentaron pruebas, ni órdenes judiciales que las justificaran. También señaló que el Estado no investigó las denuncias de acoso sexual presentadas por Claudia Torres, madre de H.O.V.T., lo que constituyó una grave omisión frente a una situación de violencia basada en género.

Finalmente, la Comisión reconoció el sufrimiento causado a los familiares por la pérdida de sus seres queridos y la falta de verdad y justicia, tras más de una década de impunidad en la que permanecen los hechos.

Por lo anterior la Comisión determinó que el Estado de Guatemala es responsable por violar los artículos 4.1 (derecho a la vida), 5.1 y 5.2 (integridad personal), 7.1, 7.2 y 7.3 (libertad personal), 8.1 (garantías judiciales), 11 (honra y dignidad), 19 (derechos del niño), 24 (igualdad ante la ley) y 25.1 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, así como el artículo 7b) de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Para), según lo expuesto en este informe.

De tal manera solicita a la Corte Interamericana que ordene las siguientes medidas de reparación:

  1. Reparar las violaciones a los derechos humanos con compensación material e inmaterial y apoyo para la repatriación de los restos de H.O.V.T. a Nicaragua.
  2. Investigar la muerte de H.O.V.T., Mario Lisandro Pocón Ramos y Walter Haroldo Caña Chiroy, identificar responsables y aplicar sanciones.
  3. Investigar las denuncias de malos tratos sufridos por las víctimas, identificar a los responsables y aplicar las sanciones correspondientes.
  4. Investigar las detenciones ilegales y arbitrarias de las víctimas, esclarecer los hechos y aplicar las sanciones que correspondan a las personas responsables.
  5. Investigar las denuncias de acoso sexual presentadas por Claudia Emilia Torres Osorio de Valiente y sancionar a los responsables.
  6. Capacitar a los cuerpos de seguridad en la prohibición de tortura y malos tratos, así como en violencia de género según el derecho internacional.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 076/25

10:30 AM