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Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D. C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declara el cumplimiento total y el cese del seguimiento del Informe de Solución Amistosa No. 197/20, relativo a al Caso 13.011, Graciela Ramos Rocha y Familia.
El asunto se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado de Argentina por la presunta violación del principio de legalidad en perjuicio de la señora Graciela Ramos Rocha, quien sufría violencia doméstica y estando embarazada se refugió en una casa desocupada con sus tres hijos, uno de los cuales padecía una discapacidad severa. Ante lo cual fue condenada por el delito de usurpación, sin que en su conducta se presentaran la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, elementos esenciales para la configuración del delito. El 26 de octubre de 2015, la CIDH declaró admisible la petición en relación con los artículos 8 (derecho a las garantías judiciales), 9 (principio de legalidad y retroactividad) y 25 (garantías de protección judicial) de la Convención Americana en conexión con las obligaciones establecidas en los artículos 1.1 y 2.
Las partes firmaron un acuerdo de solución amistosa que fue homologado por la CIDH el 12 de julio de 2020. Durante el proceso de verificación de la implementación del acuerdo la Comisión corroboró el cumplimiento total de la cláusula referida a la situación habitacional de la señora Graciela Ramos con la entrega de un inmueble que fue transferido al dominio de la peticionaria mediante la suscripción de la respectiva escritura pública. Asimismo, se confirmó la inserción escolar de sus hijos, en el radio de la vivienda otorgada.
La Comisión siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa y valoró los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación y etapa de seguimiento del acuerdo. En virtud de la información proporcionada por las partes durante el proceso de supervisión de la implementación del acuerdo, la CIDH declaró su cumplimiento total y el cierre de la supervisión del cumplimiento.
Finalmente, la Comisión valora los esfuerzos desplegados por el Estado argentino para buscar la resolución de los asuntos ante el sistema de peticiones y casos individuales, a través del mecanismo de solución amistosa, y reconoce la labor adelantada para lograr la total implementación de este acuerdo de solución amistosa; y saluda a la parte peticionaria por su participación en la búsqueda de avances en el procedimiento de solución amistosa.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 188/22
11:45 AM