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El 10 de agosto de 2024 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de María Andreina Oropeza Camacho, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Venezuela. La parte solicitante alegó que María Andreina Oropeza Camacho, coordinadora estatal del comando de campaña del candidato a la presidencia Edmundo González, se encuentra en situación de "desaparición forzada" desde el 6 de agosto de 2024, tras haber sufrido un allanamiento presuntamente arbitrario en su residencia por parte de agentes de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM). Se advirtió que ella logró grabar y trasmitir en vivo, desde sus redes sociales, cuando los agentes del Estado allanaron su residencia. Luego, su teléfono fue confiscado. Añaden que su madre la ha estado buscando en todos los centros de reclusión en Guanare y Acarigua, sin recibir noticias de su paradero y estado de salud. La CIDH tomó en cuenta que la beneficiaria fue privada de libertad por agentes estatales sin conocerse su paradero a la fecha, en el contexto de represión en las protestas post electorales en el país. De acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento, solicita a Venezuela que:
El 13 de mayo de 2024, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Joel Antonio García Hernández, abogado y defensor de derechos humanos, que ha estado sufriendo amenazas y agresiones relacionadas con su trabajo en defensa de personas consideradas "presos políticos" en Venezuela. A pesar de haber presentado denuncias y solicitudes de protección a las autoridades internas, no se estaría implementando ninguna medida de protección por parte de los órganos del Estado para prevenir nuevos ataques, y no habría avances en las investigaciones. Por su parte, el Estado, a pesar de estar informado, no ha presentado respuesta. La Comisión, tras evaluar las alegaciones, así como el contexto de hostilidad en el país contra los defensores legales y la falta de respuesta del Estado, entiende, prima facie, que están presentes los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad.
De acuerdo con el artículo 25 del Reglamento, la Comisión solicita a Venezuela que:
El 29 de abril de 2024, la CIDH decidió dar seguimiento y ampliar medidas cautelares en favor de Integrantes del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) en Venezuela. Según la solicitud, los integrantes de PROVEA se encuentran en una situación de riesgo en el marco de sus labores como defensores de derechos humanos en el contexto actual por el que atraviesa Venezuela, considerando la visibilidad de la institución y sus coordinadores, los frecuentes señalamientos estigmatizantes realizados por altas autoridades estatales en medios de comunicación, la vigilancia y seguimientos por parte de agentes estatales. Por consiguiente, en los términos del artículo 25 de su Reglamento, la CIDH decidió requerir a Venezuela que: