LGBTI

Medidas Cautelares

Sobre las medidas cautelares


2016

MC 236/16 – Juana Mora Cedeño y otro, Cuba

El 3 de julio de 2016, la CIDH decidió solicitar la adopción de medidas cautelares a favor de Juana Mora Cedeño y Mario José Delgado González, en Cuba. La solicitud de medidas cautelares alega que Juana Mora Cedeño y Mario José Delgado González son defensores de derechos humanos, particularmente, de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex y queer (LGBTIQ). Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho, la Comisión considera que la información presentada demuestra, en un principio, que Juana Mora Cedeño y Mario José Delgado González se encuentran en una situación de gravedad y urgencia puesto que sus vidas e integridad personal se encuentran en riesgo. En consecuencia y de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó a Cuba que adopte las medidas necesarias para que Juana Mora Cedeño y Mario José Delgado González puedan desarrollar libremente sus actividades como defensores de derechos humanos sin ser objeto, en el ejercicio de sus funciones, de actos de violencia y hostigamientos que puedan poner en peligro su derecho a la integridad personal; que concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, y que informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar su repetición. Lea la resolución.

2014

MC 457/13 – Integrantes de la Asociación para una Vida Mejor de Honduras (APUVIMEH)

El 22 de enero de 2014 la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor los integrantes de la Asociación para una Vida Mejor de Honduras (APUVIMEH). La solicitud indica que, debido a las actividades de acompañamiento, defensa, protesta y protección de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) en Honduras, sus integrantes estarían siendo objeto de asesinatos, amenazas, actos de hostigamiento y de violencia en su contra, como una retaliación por sus actividades. Específicamente la solicitud alega que los miembros de la asociación realizan actividades de concientización y protección y administran un refugio denominado “Casa Renacer” para la atención de personas con VIH y otras enfermedades de transmisión sexual. Los actos de agresión y ataque contra sus integrantes habrían tenido lugar en un contexto de violencia contra las personas LGBTI, el cual habría dejado un saldo de aproximadamente 115 personas asesinadas en los últimos años, los cuales habrían quedado impunes. La CIDH solicitó al Estado de Honduras que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de Integrantes de la Asociación para una Vida Mejor de Honduras (APUVIMEH), que concierte las medidas a adoptarse con las y los beneficiarios, y que informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares. Lea la resolución aquí.

2013

MC 155/13 – Caleb Orozco, Belize

El 29 de mayo de 2013, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Caleb Orozco, en Belize. La solicitud de medidas cautelares indica que Caleb Orozco estaría en una situación de riesgo como consecuencia de su trabajo como defensor de los derechos de las lesbianas, los gays, y las personas bisexuales, trans e intersex, en Belize. Específicamente, la solicitud alega que Caleb Orozco ha sido objeto de hostigamiento y ataques en su residencia y en las calles y ha recibido amenazas de muerte por medios sociales. Se indica también que a pesar de haber presentado denuncias ante la policía, las autoridades no le estarían proporcionando medidas de protección de su vida e integridad. La CIDH solicitó al Estado de Belize que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de Caleb Orozco, que concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario, y que informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares.

2011

MC 153/11 – X y Z, Jamaica

El 21 de septiembre de 2011, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de X y Z, en Jamaica. Su identidad se mantiene en reserva a solicitud de los beneficiarios y/o sus representantes. La solicitud de medida cautelar indica que ambos han sido víctimas de agresiones, ataques, amenazas y hostigamiento, debido a su orientación sexual. La Comisión Interamericana solicitó al Estado de Jamaica que adopte las medidas necesarias a fin de garantizar su vida y su integridad física, acordar las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, e informar sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de las medidas cautelares.

MC 80/11 – Maurice Tomlinson, Jamaica

El 21 de marzo de 2011, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Maurice Tomlinson, en Jamaica. En la solicitud de medidas cautelares se alega que Maurice Tomlinson se encuentra en una situación de riesgo debido a su trabajo como defensor de los derechos de personas lesbianas, gay, bisexuales, trans e interesexuales (LGBTI) en Jamaica. Se indica que ha estado recibiendo amenzas de muerte a través de correo electrónico, y que las autoridades del Estado no han adoptado medidas de protección. La Comisión Interamericana solicitó al Estado de Jamaica que adopte, en concierto con el beneficiario, las medidas necesarias para garantizar su vida y su integridad física, y que se informe a la CIDH sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de estas medidas cautelares.

2010

MC 222-09 - Agustín Humberto Estrada Negrete, Leticia Estrada Negrete y Guadalupe Negrete Silva, México

El 7 de abril de 2010, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Agustín Humberto Estrada Negrete, Leticia Estrada Negrete y Guadalupe Negrete Silva, en México. En la solicitud de medida cautelar se alega que el señor Estrada Negrete, integrante de la organización no gubernamental Agenda Lesbianas Gays Bisexuales Transexuales, habría sido objeto de amenazas de muerte, actos de violencia física y hostigamiento desde febrero de 2009. Se añade que estos hechos habrían sido denunciados a las autoridades correspondientes, pero que no se habrían adoptado las medidas necesarias de protección. Según se indica, en enero y febrero de 2010, el señor Estrada Negrete, su madre y su hermana recibieron nuevas amenazas. La Comisión Interamericana solicitó al Estado de México que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de Agustín Humberto Estrada Negrete, Leticia Estrada Negrete y Guadalupe Negrete Silva; que planifique e implemente las medidas de protección con la participación de los beneficiarios y/o sus representantes; y que informe sobre las medidas adoptadas a fin de responder frente a los factores de riesgo para los beneficiarios.

MC 18-10 - Indyra Mendoza Aguilar y otras, Honduras

El 29 de enero de 2010 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Indyra Mendoza Aguilar, Nohelia Flores Álvarez, Fátima Maritza Ulloa Becerra y Ana Lourdes Ordoñez, en Honduras. Indyra Mendoza Aguilar es la directora de Cattrachas, una organización no gubernamental que trabaja por los derechos de lesbianas, gays, personas bisexuales, transgénero e intersex (LGBTI). En la solicitud de medidas cautelares se alega que el 17 de diciembre de 2008, en Tegucigalpa, Nohelia Flores Álvarez, quien pertenece a Cattrachas, fue obligada a subir al automóvil de un miembro de la policía preventiva, quien a punta de pistola le exigió servicios sexuales. Se indica que Nohelia Flores Álvarez se negó, y que el policía la amenazó de muerte. Se añade que al día siguiente, el policía llegó acompañado por otros dos hombres en una camioneta y que entre los tres la apuñalaron 17 veces en la garganta, la espalda, el estómago y los brazos; tras desmayarse, la abandonaron en unos matorrales. En el hospital, Indyra Mendoza tomó fotos que sirvieran de prueba en un juicio y lo acompañó en el proceso a fin de interponer la denuncia, que es investigada por Fátima Maritza Ulloa Becerra y Ana Lourdes Ordoñez, agentes de la Dirección Nacional de Investigación Criminal en Tegucigalpa. En la solicitud de medidas cautelares se alega que los cuatro beneficiarios son objeto de amenazas y hostigamientos que ponen en riesgo sus vidas e integridad personal. La Comisión solicitó al Estado de Honduras que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Indyra Mendoza Aguilar, Nohelia Flores Álvarez, Fátima Maritza Ulloa Becerra y Ana Lourdes Ordoñez; que se acuerden las medidas a adoptarse con las beneficiarias y sus representantes; y que informe sobre las acciones adoptadas respecto de los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares a fin de remover los factores de riesgo para las beneficiarias.

2009

MC 196-09 – Solicitud de información respecto de Honduras

El 24 de julio de 2009, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Comisión solicitó información la muerte de Vicky Hernández Castillo (registrada al nacer como Jhonny Emilson Hernández), Miembro de la Comunidad Travesti por impacto de bala en la cabeza y marcas de estrangulamiento el 29 de junio de 2009, presuntamente durante redadas llevadas a cabo por la Policía Nacional en virtud del toque de queda decretado por el régimen de facto.

MC 196-09 – Ampliación de Medidas Cautelares, Honduras

El 2 de julio de 2009, la CIDH decidió una nueva ampliación de las medidas cautelares MC 196-09, a fin de salvaguardar la vida e integridad de personas en Honduras respecto de las cuales se ha recibido indicaciones de la existencia de una situación de riesgo. La CIDH solicitó que se adopten las medidas necesarias para asegurar la vida e integridad personal de todos los beneficiarios. En particular, respecto de las personas detenidas y/o con paradero desconocido, la Comisión solicitó que se informe sobre su paradero y, en caso de detención arbitraria, que se disponga su inmediata libertad. La CIDH solicitó contar con información sobre la implementación de las medidas requeridas en un plazo de 48 horas. A través de la ampliación decidida hoy por la CIDH, las siguientes personas pasaron a estar incluidas en el marco de las medidas cautelares:

12. Donny Reyes, dirigente de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras, respecto de quien se recibió de que fue trasladado a una estación policial el 29 de junio de 2009. Desde mayo de 2012, esta medida cautelar se tramita bajo el número 403-09.

23. Hector Licona, funcionario de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras, respecto de quien se recibió información de que habría sido trasladado a una estación policial el 29 de junio de 2009.

Patrick Pavón, funcionario de la Asociación LGTB Arcoiris de Honduras, respecto de quien se recibió información de que fue agredido por efectivos de la Policía Nacional y militares. Desde mayo de 2012, esta medida cautelar se tramita bajo el número 403-09.

2008

MC 210-08 - Marlon Cardoza y otros miembros de la Asociación CEPRES, Honduras

El 27 de agosto de 2008 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Marlon Cardoza, Dennis Castillo y Josué Hernández Cardona, miembros de la Asociación Centro de Educación y Prevención en Salud, Sexualidad y Sida (CEPRES).  En la solicitud de medidas cautelares se alega que los señores Cardoza, Castillo y Hernández Cardona habrían sido objeto de amenazas y actos de hostigamiento.  Se indica asimismo que el 10 de junio de 2008 se produjo el homicidio de Martín Girón, miembro fundador de dicha organización.  Se alega también que durante ese año habrían sido asesinadas 27 personas de la comunidad lesbiana, gay, bisexual y transgénero de Honduras.  La Comisión solicitó al Estado hondureño garantizar la vida y la integridad física de los beneficiarios e informar sobre las acciones adoptadas a fin de esclarecer judicialmente los hechos que justifican la vigencia de las medidas cautelares. La Comisión continúa dando seguimiento a la situación.

2006

MC 3-06 - Kevin Josué Alegría Robles y miembros de OASIS, Guatemala

 El 3 de febrero de 2006 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Kevin Josué Alegría Robles, Jorge Luis López Sologaistoa y otros once miembros de la Organización de Apoyo a una Sexualidad Integral (OASIS) en Guatemala.  La información disponible indica que la noche del 16 de diciembre de 2005 en Ciudad de Guatemala dos personas transexuales de nombres Paulina (Juan Pablo Méndez Cartagena), asistente de comunicación de OASIS, y Sulma (Kevin Josué Alegría Robles), usuaria de los servicios que brinda OASIS resultaron heridas de bala – en un incidente que, se alega, involucró a cuatro uniformados de Policía.  Se indica que la herida de Paulina resultó fatal y que Sulma, quien sobrevivió el incidente, sería un testigo clave para esclarecerlo.  Otras fuentes confirman que la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero de Guatemala se enfrenta a ataques y amenazas que involucran a agentes de Policía, lo que suscita el temor de que exista una política clandestina de 'limpieza social' dentro del cuerpo de policía.  En vista de estos antecedentes, la Comisión solicitó al Gobierno de Guatemala adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de los beneficiarios e informar sobre las acciones adoptadas a fin de esclarecer judicialmente los hechos que justifican la adopción de medidas cautelares.  La Comisión continúa dando seguimiento a la situación de los beneficiarios.

2003

MC 621-03 - Elkyn Johalby Suárez Mejía y miembros de la Comunidad Gay Sampedrana 

El 4 de septiembre de 2003 la Comisión otorgó medidas cautelares a favor de Elkyn Johalby Suárez Mejía, miembro de la Comunidad Gay Sampedrana.  La información disponible indica que los miembros de esta comunidad homosexual han sido objeto de constantes actos de hostigamiento y violencia, incluyendo la comisión de alrededor de 14 asesinatos entre junio y septiembre de 2003.  En ese contexto, el beneficiario ha recibido amenazas de muerte orientadas a disuadirlo de rendir testimonio contra dos miembros de la Policía involucrados en la muerte de Erick David Yáñez, miembro de la comunidad, de 19 años de edad, ocurrida el 15 de julio de 2003 en San Pedro Sula.  Si bien se le asignó protección policial a petición de la Fiscalía General, el 23 de agosto de 2003 el Tribunal de San Pedro Sula levantó las medidas de protección.  En vista de la situación de riesgo para el beneficiario, la CIDH solicitó al Estado hondureño adoptar las medidas necesarias para proteger la vida y la integridad personal de Elkyn Suárez y su inclusión en un programa de protección de testigos.  El 29 de diciembre de 2003, en vista de información adicional sobre la situación de seguridad de otros miembros de la comunidad, la CIDH amplió las medidas cautelares a favor de Raúl Coto, Oscar Carrión, Ramón Valladares y Oscar Orellana.