Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa 24/00


EVALUACIÓN PRELIMINAR SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN GUATEMALA

1. La Libertad de Expresión en el hemisferio es una de las principales preocupaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Es por esto, y debido a múltiples requerimientos de diversas organizaciones y representantes de la sociedad civil de las Américas, que la CIDH creó, dentro de la esfera de sus atribuciones, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. La Relatoría es una oficina de carácter permanente, con independencia funcional y presupuesto propio, que opera dentro del marco de jurídico de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La Relatoría para la Libertad de Expresión cuenta con el apoyo de los jefes de Estado y Gobierno del hemisferio, quienes durante la Segunda Cumbre de las Américas celebrada en Chile en abril de 1998, hicieron pública su preocupación sobre el estado de la libertad de expresión en sus países y celebraron la creación de la Relatoría.

2. Los objetivos de la Relatoría son, entre otros, estimular la conciencia por el pleno respeto a la libertad de expresión en el hemisferio, considerando el papel fundamental que ésta juega en la consolidación y desarrollo del sistema democrático y en la denuncia y protección de los demás derechos humanos y formular recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con la libertad de expresión, a fin de que se adopten medidas progresivas a su favor.

3. La libertad de expresión juega un papel fundamental en el desarrollo y consolidación de los procesos democráticos, toda vez que es indispensable para la formación de la opinión pública. Al respecto la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la libertad de expresión es fundamental para que "los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está plenamente informada no es plenamente libre."

4. La libertad de expresión comprende el derecho de toda persona a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. En este sentido, ésta tiene una doble dimensión, comprende el derecho de cada persona de no ser menoscabado o impedido de manifestar su propio pensamiento y al mismo tiempo comprende un derecho colectivo, a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno.

CARACTER Y OBJETIVOS DE LA VISITA

5. El Dr. Santiago A. Canton, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, culminó el día de hoy una visita de cuatro días a Guatemala, a invitación del Presidente Alfonso Portillo Cabrera y en atención a posteriores requerimientos y expresiones de diversos sectores de la sociedad guatemalteca.

6. En el transcurso de los últimos cuatro días el Relator Especial cumplió una apretada agenda de actividades y reuniones que incluyeron autoridades del gobierno guatemalteco, la Procuraduría de Derechos Humanos, directores de los medios de comunicación, asociaciones gremiales de trabajadores de la prensa, cámaras de propietarios y trabajadores de medios de comunicación, periodistas independientes, instituciones académicas, representantes de organizaciones de los pueblos indígenas, organizaciones de derechos humanos y otras instancias de la sociedad civil, así como representantes de misiones y organismos internacionales, con el fin de tomar contacto, recabar información y analizar el estado de libertad de expresión en Guatemala.

7. El Relator Especial quiere agradecer la disposición del Presidente de la República y autoridades guatemaltecas para permitirle realizar su trabajo, su voluntad para colaborar en la búsqueda de soluciones a los problemas planteados y su disposición a atender las recomendaciones específicas planteadas durante esta visita. Asimismo, el Relator Especial quiere extender su agradecimiento a los representantes de la sociedad civil, medios de comunicación y especialmente a los periodistas, por la importante información que le suministraron durante esta visita.

8. La Relatoría, aprovecha esta oportunidad para felicitar al gobierno de Guatemala por la voluntad para solucionar a través del mecanismo de solución amistosa un importante numero de denuncias por violaciones a los derechos humanos que se encuentran pendientes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Esta iniciativa es un ejemplo para los países del hemisferio y representa un avance significativo en la protección y promoción de los Derechos Humanos.

APRECIACIONES GENERALES

9. El cúmulo de información recibida durante estos cuatro días será procesada oportunamente, y en un futuro próximo la Relatoría emitirá un informe detallando las actividades y resultados de la visita.

10. Sin perjuicio de lo anterior, el Relator Especial desea manifestar las siguientes conclusiones, observaciones y recomendaciones preliminares que emergen de esta visita:

11. El Presidente de la República ha expresado su clara voluntad de promover una amplia y firme libertad de expresión en Guatemala y de colaborar con la Relatoría para la Libertad de Expresión en todo lo que sea necesario para la consecución de dicho fin. La Relatoría celebra el apoyo y disposición del Presidente Alfonso Portillo Cabrera para colaborar con la Relatoría y para buscar mecanismos que garanticen una amplia libertad de expresión en Guatemala.

12. La Relatoría reconoce que el avance democrático de Guatemala ha contribuido notablemente en el avance del derecho de libertad de expresión. En particular, la Relatoría reconoce la importancia que han tenido los medios de comunicación en el sostenimiento del sistema democrático durante la crisis institucional de 1993. Asimismo, la Relatoría pudo constatar una mejora en las relaciones del Presidente con los medios de comunicación, en comparación con autoridades anteriores. En el pasado la Relatoría recibió denuncias sobre una actitud hostil del gobierno en sus relaciones con la prensa. La Relatoría celebra la buena disposición del actual gobierno, ya que una comunicación fluida y madura entre altos funcionarios del gobierno y los periodistas es una de las principales garantías para una libertad de expresión amplia basada en la transparencia de los actos de gobierno, ingrediente fundamental de cualquier sistema democrático. La Relatoría espera que la actual buena disposición del Presidente en sostener y ampliar el derecho a la libertad de expresión de los guatemaltecos continúe durante todo su mandato.

13. Durante su estadía, el Relator pudo observar un importante debate de ideas y opiniones, especialmente en la prensa escrita y la radio. Únicamente a través de un amplio acceso a la información y de un debate de ideas sin restricciones en todos los medios de comunicación, se podrá continuar afianzando el proceso democrático. Sin embargo, el Relator también recibió información sobre casos y situaciones de restricciones a la libertad de expresión que constituyen una preocupación de la Relatoría, y que deben ser seriamente investigadas por las autoridades.

14. Varios sectores han expresado su preocupación por posibles conflictos de intereses entre empresarios de algunos medios de comunicación y funcionarios del gobierno. De acuerdo a varias personas entrevistadas, esta práctica se desarrolla desde hace varios años.

15. Sobre este particular, la Relatoría expresa la necesidad de que existan reglas que definan con claridad y precisión los mecanismos por los cuales las autoridades del gobierno deben relacionarse con los medios de comunicación. La falta de transparencia y claridad, y los conflictos de intereses entre funcionarios públicos y empresarios puede limitar la Libertad de Expresión frente a la posibilidad de que funcionarios del gobierno y empresarios intenten influir sobre el contenido de los programas de radio, televisión o prensa escrita, con el objetivo de perjudicar o favorecer a líderes políticos, autoridades gubernamentales u otras personas, a cambio de beneficios directos o indirectos para algunas empresas.

16. Los funcionarios públicos deben abstenerse de influir directa o indirectamente sobre las decisiones de los empresarios de los medios de comunicación. Por ejemplo, la Relatoría ha tenido la oportunidad de expresarse sobre la limitación de la Libertad de Expresión a nivel hemisférico que implica la utilización de fondos públicos para favorecer o perjudicar algunos medios de comunicación, o el otorgamiento de concesiones para explotar comercialmente estaciones de radio o de televisión, a cambio de manipular la información en favor de las autoridades. Asimismo, la Relatoría recibió información sobre la práctica de presiones a empresarios para perjudicar a los medios de comunicación, mediante la disminución de pautas comerciales. Específicamente se mencionó en reiteradas oportunidades el caso de la revista Crónica, que vió disminuir los ingresos por publicidad drásticamente. La revista Crónica finalmente fue vendida y su contenido cambio considerablemente hacia una posición menos crítica hacia las anteriores autoridades. Estas prácticas son contrarias al artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y acarrean la responsabilidad del Estado.

17. En este contexto, el cierre del programa de televisión T-Mas de Noche, único programa con contenidos críticos al gobierno, en una posible situación de monopolio de hecho en los canales de televisión abierta, sumado a denuncias de posibles conflictos de intereses entre funcionarios del gobierno y empresarios de los medios, crea una situación que no es favorable al pleno desarrollo de la libertad de expresión. El Presidente Alfonso Portillo Cabrera expresó su voluntad de buscar mecanismos que permitan solucionar estos problemas. El ofrecimiento público de un espacio en un canal de televisión del Estado representa una muestra de la buena voluntad del Presidente. Sin embargo, la Relatoría considera que se deben buscar mecanismos institucionales que permitan evitar en el futuro la repetición de estos problemas, y que no dependa de la buena voluntad de un funcionario público.

18. La preocupación principal de la Relatoría es la información recibida en prácticamente todas las reuniones, sobre la existencia de un monopolio de hecho sobre los canales de televisión abierta 3, 7, 11 y 13, que estaría afectando seriamente la libertad de expresión y el derecho de información de todos los guatemaltecos.

19. De acuerdo a la información recibida, la actual estructura de propiedad de los medios de comunicación, especialmente radio y televisión, responde a un conjunto de leyes y prácticas en ejercicio durante las ultimas dos décadas.

20. Sobre este particular, la Relatoría desea expresar que la existencia de prácticas monopólicas en los medios de comunicación tanto en el ámbito de la televisión como también de la radio o la prensa escrita, no es compatible con el libre ejercicio del derecho a la libertad de expresión en una sociedad democrática. Es deber de los Estados garantizar igualdad de oportunidades para acceder a las concesiones de frecuencias de radio y televisión. Al respecto la Corte Interamericana ha establecido: "Son los medios de comunicación social los que sirven para materializar el ejercicio de la libertad de expresión, de tal modo que sus condiciones de funcionamiento, deben adecuarse a los requerimientos de esa libertad. Para ello es indispensable, inter alia, la pluralidad de medios, la prohibición de todo monopolio respecto de ellos, cualquiera sea la forma que pretenda adoptar, y la garantía de protección a la libertad e independencia de los periodistas."

21. Asimismo, la Corte ha señalado que "en los términos amplios de la convención, la libertad de expresión se puede ver también afectada sin la intervención directa de la acción estatal. Tal supuesto pudiera llegar a configurarse, por ejemplo, cuando por efecto de la existencia de monopolio u oligopolios en la propiedad de los medios de comunicación, se establecen en la práctica medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones"

22. Esta obligación del Estado se hace más evidente en el actual contexto de consolidación democrática e implementación de los Acuerdos de Paz que vive Guatemala. Tales Acuerdos caracterizan a este país como una nación multiétnica, pluricultural y multilingüe y propician la inclusión y participación de aquellos sectores mayoritarios de la población tradicionalmente vulnerables y excluidos como son los pueblos indígenas, los campesinos, las mujeres y la juventud. Por lo tanto, resulta altamente recomendable que los criterios y regulaciones de acceso y participación tanto a la concesión como al uso de los medios de expresión promovidos por el Estado contemplen, entre otros, estas características particulares de Guatemala.

23. El Relator Especial ha recomendado al Gobierno del Presidente Alfonso Portillo Cabrera revisar la legislación y prácticas actuales en relación con las concesiones de radio y televisión y someter al Congreso iniciativas de leyes para corregir las prácticas monopólicas que afectan el derecho de libre expresión; como ocurre en la actualidad.

24. Otra de las principales preocupaciones expresadas por periodistas independientes y representantes de organismos de la sociedad civil es la utilización de algunos medios de comunicación como instrumentos para defender intereses personales y/o económicos, sin comprometerse con la verdad y en perjuicio del derecho a la información del pueblo guatemalteco. En este aspecto y frente a la seriedad que merecen estas acusaciones, la Relatoría recuerda a todas aquellas personas relacionadas con los medios de comunicación que la credibilidad esta ligada al compromiso con la verdad, imparcialidad y equidad. Cuando los intereses económicos o personales, influencian indebidamente a la información, se perjudica a toda la sociedad y se pone en peligro la consolidación del sistema democrático.

25. La Relatoría quiere expresar que las concesiones de radio y televisión deben considerar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades en el acceso a los mismos para todos los sectores que conforman la sociedad guatemalteca. Las subastas que contemplen criterios únicamente económicos, o que otorguen las concesiones sin una oportunidad equitativa para todos los sectores, son incompatibles con la democracia participativa y con el derecho a la libertad de expresión e información garantizado en la Convención Americana de Derechos Humanos.

26. Sobre este particular, la Relatoría quiere recordar a las autoridades la obligación de cumplir con los Acuerdos de Paz, especialmente en relación al Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. En dichos acuerdos se establece que el Gobierno deberá realizar las siguientes medidas:
a) Abrir espacios en los medios de comunicación oficiales para la divulgación de las expresiones culturales indígenas y propiciar similar apertura en los medios privados;
b) Promover ante el Congreso de la República las reformas que sean necesarias en la actual Ley de Radiocomunicaciones con el objetivo de facilitar frecuencias para proyectos indígenas y asegurar la observancia del principio de no discriminación en el uso de los medios de comunicación. Promover asimismo la derogación de toda disposición del ordenamiento jurídico que obstaculice el derecho de los pueblos indígenas a disponer de medios de comunicación para el desarrollo de su identidad; y
c)Reglamentar y apoyar un sistema de programas informativos, científicos, artísticos y educativos de las culturas indígenas en sus idiomas, por medio de la radio, la televisión y los medios escritos nacionales.

27. De acuerdo a la información recibida estas reformas aun no se han realizado. El no cumplimiento con esta disposición limita seriamente la libertad de expresión. La Relatoría recomienda al Gobierno de Guatemala que se considere suspender la entrega de concesiones de radiodifusión hasta que no se de debido cumplimiento a las disposiciones pertinentes de los Acuerdos de Paz.

28. El Presidente Alfonso Portillo Cabrera expresó a la Relatoría su voluntad de enviar proyectos de ley al Congreso para garantizar un cumplimiento eficaz del derecho de acceso a la información y habeas data. La Relatoría celebra esta iniciativa ya que el derecho de acceso a la información y habeas data son aspectos fundamentales para el fortalecimiento de una sociedad democrática y una amplia libertad de expresión e información.

29. Sobre este particular, la Relatoría desea expresar lo siguiente:

30. El derecho de acceso a la información en poder del Estado es uno de los fundamentos de la democracia representativa. En un sistema representativo los funcionarios son responsables frente a la ciudadanía que confió en ellos su representación política y la facultad de decidir sobre los asuntos públicos. El titular de la información es el individuo que delegó en los representantes el manejo de los asuntos públicos. Asimismo, la información que el Estado utiliza y produce se logra con fondos que provienen de los impuestos que pagan los ciudadanos.

31. Contar con procedimientos que garanticen el acceso a la información en poder del Estado contribuye al control de la gestión estatal y es uno de los mecanismos más eficaces para combatir la corrupción. La ausencia de control efectivo "implica una actividad reñida con la esencia del Estado democrático y deja la puerta abierta para transgresiones y abusos inaceptables". Garantizar el acceso a la información en poder del Estado contribuye a aumentar la transparencia de los actos de gobierno y la consecuente disminución de la corrupción en la gestión estatal.

32. Es importante destacar también que a pesar de que el derecho de acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos, su ejercicio no es absoluto. Así, el artículo 13.2 de la Convención Americana prevé ciertas restricciones. El principio general de la publicidad de la información en poder del Estado admite limitaciones cuando existe un interés que determina la necesidad de la reserva de la información. Estas restricciones son limitadas y deben estar expresamente previstas por la legislación.

33. Un aspecto importante del derecho a la información es la acción de habeas data. Mediante este procedimiento se garantiza a toda persona a acceder a información sobre sí misma o sus bienes contenida en bases de datos o registros públicos o privados y, en el supuesto de que fuera necesario, actualizarla o rectificarla. Esta acción adquiere una importancia aún mayor con el avance de nuevas tecnologías. Con la expansión en el uso de la computación e Internet, tanto el Estado como el sector privado tienen a su disposición en forma rápida una gran cantidad de información sobre las personas. Paralelamente, la cantidad y velocidad en las comunicaciones, hace más importante la existencia de canales concretos de acceso rápido a la información para modificar información incorrecta o desactualizada contenida en los bancos de datos electrónicos.

34. Además del reconocimiento del derecho de acceso a la información y del habeas data, es fundamental que se disponga de un procedimiento rápido y eficaz para que este derecho sea ejercido en su plenitud. Deben eliminarse las trabas administrativas que en muchos Estados obstaculizan la obtención de la información y deben implementarse sistemas de solicitud de información de fácil acceso, simples y de bajo costo para el solicitante. De lo contrario, se consagraría formalmente una acción que en la práctica no contribuye a facilitar el acceso a la información.

35. Dentro de este análisis provisorio sobre la libertad de expresión en Guatemala, la Relatoría no puede dejar de mencionar que la pobreza y la marginación social en que viven amplios sectores de la población, afecta la libertad de expresión, toda vez que esas voces se encuentran postergadas; con difícil acceso al debate amplio de ideas y opiniones, y limitadas para acceder a la información necesaria para lograr desarrollarse equitativamente dentro de una sociedad democrática.

36. De igual manera, la discriminación de la mujer y los pueblos indígenas atenta contra la libertad de expresión; su marginación de los espacios públicos de discusión implica privar a la sociedad de escuchar a sectores mayoritarios de la población. La libertad de expresión de los individuos encuentra en los medios de comunicación masiva y en la participación política activa a un mecanismo para lograr que las fuertes desigualdades en que se encuentran numerosos sectores de la población tengan un espacio que facilite la búsqueda de soluciones dentro de un contexto democrático.

37. Asimismo, la Relatoría quiere expresar a los empresarios de los medios de comunicación la importancia de que se contemplen políticas que mejoren las condiciones de los periodistas. Estos, son el primer y principal eslabón en la cadena de las comunicaciones. Las condiciones laborales inadecuadas son un impedimento a sus funciones, que repercute negativamente en el derecho a la libertad de expresión e información de todos los ciudadanos guatemaltecos. Específicamente la Relatoría quiere mencionar la obligación constitucional de proveer a los periodistas de un seguro de vida. Finalmente, la Relatoría con el ánimo de cooperación que han expresado las autoridades, desea hacer las siguientes recomendaciones preliminares:
1. Que se investigue a profundidad la posible existencia de un monopolio de hecho en los canales de televisión abierta, y se implementen mecanismos que permitan una mayor pluralidad en la concesión de los mismos.
2. Que se implementen reglas claras para evitar conflictos de interés entre funcionarios gubernamentales y los medios de comunicación.
3. Que se considere suspender las subastas de frecuencias de radiodifusión hasta que se implementen los Acuerdos de Paz sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. (H. Medios de comunicación masiva).
4. Que se revisen las reglamentaciones sobre concesiones de televisión y radiodifusión para que se incorporen criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades en el acceso a los mismos.
5. Que los proyectos sobre acceso a la información y Habeas Data que el Sr. Presidente se comprometió a impulsar contemplen las recomendaciones y sugerencias de la sociedad civil.
6. Que se efectúen campañas de promoción y capacitación sobre el derecho a la libertad de expresión.

38. El Relator para la Libertad de Expresión, continuará observando e informando sobre el Estado de la libertad de expresión en el Estado guatemalteco, y colaborará para buscar mecanismos que promuevan la plena vigencia de ese derecho de acuerdo a los estándares internacionales.

Santiago A. Canton
Relator Especial para la Libertad de Expresión
Washington, D.C., 18 de abril de 2000