Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa 172/07

COMUNICADO DE PRENSA

 

PREN/172/07

 

RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN INSTA AL ESTADO DE GUYANA A ADOPTAR CRITERIOS OBJETIVOS Y TRANSPARENTES EN LA ASIGNACIÓN DE PUBLICIDAD OFICIAL

 

 

Washington, D.C., 25 de julio de 2007. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA expresa su preocupación por la decisión del gobierno de Guyana de retirar la publicidad oficial al diario Stabroek News.

 

La Relatoría Especial ha recibido información conforme a la cual desde noviembre de 2006 el gobierno de la República de Guyana ha retirado totalmente la publicidad oficial a Stabroek News, uno de los diarios de mayor circulación en el país. Según la información disponible, esta decisión podría estar relacionada a la línea editorial del periódico, crítica al gobierno. El 13 de junio de 2007 la Relatoría Especial solicitó al Estado que le informara, dentro de un plazo de 15 días, sobre la asignación de publicidad oficial en el país. Hasta la fecha del presente comunicado la Relatoría no ha recibido respuesta del Estado.

 

La Relatoría Especial destaca que la potestad que tienen los Estados para decidir sobre el otorgamiento de publicidad debe ser ejercida en base a criterios objetivos y transparentes. Las medidas que privan a un medio de comunicación de recibir publicidad oficial por formular críticas hacia la administración pública constituyen una restricción indirecta a la libertad de expresión.

 

El Relator Especial para la Libertad de Expresión, Ignacio J. Álvarez, destacó que "la publicidad oficial implica una importante fuente de subsistencia para algunos medios de comunicación en la región. Su utilización en forma arbitraria y discriminatoria puede afectar la libre difusión de información de interés público, y el control democrático que una sociedad debidamente informada ejerce sobre la gestión gubernamental".

 

La Relatoría Especial insta al gobierno de Guyana a revisar la situación planteada y a adoptar legislación y políticas administrativas que requieran criterios objetivos y transparentes para la determinación de la asignación de la publicidad oficial. Asimismo, recuerda que el principio 13 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión señala que la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial con el objetivo de castigar o premiar a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas atenta contra la libertad de expresión y debe estar expresamente prohibida por la ley.

 

Para más información sobre la Relatoría: http://www.cidh.org/relatoria