2022

Informe sobre Violencia contra los NNA y Jóvenes en el contexto del accionar del Crimen Organizado, en los Estados del Norte de Centroamérica

La Relatoría de la CIDH sobre los Derechos de la Niñez elaborará en el curso del presente año un informe acerca de las medidas adoptadas por los Estados del Norte de Centroamérica dirigidas a reducir la violencia contra niñas, niños, adolescentes y jóvenes[1] en el contexto del accionar del crimen organizado. Ello, a fin de realizar un seguimiento a la implementación de determinadas recomendaciones emitidas por la Comisión en su Informe Violencia, Niñez y Crimen Organizado, publicado en 2015, en particular de aquéllas relacionadas con la prevención y protección de la violencia contra niñas, niños, adolescentes y jóvenes, y con la utilización y reclutamiento por grupos del crimen organizado.

A partir del análisis del seguimiento de las recomendaciones en la materia, se permitirá contar con mayor claridad sobre los actuales avances y desafíos para la protección de esta población en el contexto del actuar del crimen organizado. En este sentido, la CIDH podrá enfatizar en la urgencia de que los Estados de El Salvador, Guatemala y Honduras cuenten con políticas estatales comprehensiva y efectivas que se dirijan a proteger de manera integral a niñas, niños, adolescentes y jóvenes frente al accionar de los grupos del crimen organizado.

El plazo para remitir la información solicitada vence el 7 de abril de 2022, y debe enviarse por vía electrónica en el siguiente enlace: https://airtable.com/shrn0IIZta7JUxfZN.

Para cualquier consulta o aclaración respecto del presente cuestionario favor contactar al especialista George Lima, en la siguiente dirección: [email protected]

Contexto general

1. Principales desafíos que enfrenta el país para prevenir la violencia cometida por grupos de crimen organizado.

2. Principales demandas de las poblaciones de adolescentes y jóvenes que correspondan a la necesidad de mayor autonomía y inserción socioeconómica, educación de calidad, participación política y garantía de sus libertades individuales, tales como la libertad de expresión.

3. Acciones consideradas como buenas prácticas (legislativas, judiciales o administrativas) en el respeto, protección y garantía de los derechos humanos de NNA y jóvenes vinculados/utilizados por grupos del crimen organizado.

Datos generales

4. Información socioeconómica de la población de niñas, niños, adolescentes y jóvenes.

5. Informar datos respecto de violaciones de derechos de NNA y jóvenes identificadas (siempre que posible desglosados por edad, e indicándose números y porcentaje):

a) reclutamiento o utilización por grupos del crimen organizado.

b) violencia sexual.

c) violencia física.

d) abuso.

e) trabajo infantil.

f) trata de personas, etc.

6. Datos sobre el sistema de justicia penal juvenil (números y porcentaje), en particular:

a) número de NNA y jóvenes condenados por actividades delictivas cometidas en el contexto de grupos de crimen organizado (desglosado por edad y tipo de delito).

b) número de NNA privados de libertad y modalidades de privación de libertad.

c) número de unidades de privación de libertad de adolescentes.

d) número de NNA que se encuentran bajo medidas alternativas a la privación de libertad, derivadas de la comisión de los delitos en contexto del crimen organizado.

Marco Normativo

7. Normativa/regulación sobre la tipificación penal de la captación, utilización y explotación de niños, niñas y adolescentes por parte de adultos y grupos criminales para la realización de actividades ilegales.

8. Normativa que garantice la inclusión productiva de adolescentes en edad laboral y jóvenes como forma de prevenir su reclutamiento/utilización por grupos de crimen organizado.

9. Otras medidas legislativas de carácter normativo dirigidas a la prevención del accionar del crimen organizado y protección de niñas, niños, adolescentes y jóvenes contra el actuar de organizaciones criminales.

Políticas Públicas

10. Acciones para enfrentar las causas estructurales de la violencia y de ingreso a la criminalidad.

11. Políticas públicas implementadas por el Estado para la prevención de la violencia contra NNA y jóvenes por grupos del crimen organizado.

12. Acciones que se hayan identificado para garantizar la protección integral de NNA en el contexto del crimen organizado.

13. Medidas para desvincular a NNA y jóvenes del crimen organizado.

14. Políticas destinadas a la reparación ante violaciones de derechos humanos, restitución de derechos, y rehabilitación de NNA y jóvenes a la vida fuera del contexto del crimen organizado.

15. Acciones para sancionar a los responsables por la vinculación o utilización de NNA y jóvenes por grupos de crimen organizado.

16. Medidas adoptadas para garantizar un sistema de justicia penal juvenil, atendiendo a los estándares respecto de las condiciones de detención y a los principios de excepcionalidad y de justicia restaurativa.

Perspectiva de género, tratamientos diferenciados y enfoques interseccionales

17. Medidas positivas implementadas a partir de una perspectiva de género, tratamiento diferenciado, y en su caso, enfoque interseccional, dirigidas a la prevención de la violencia contra aquellas poblaciones que atención a diversos factores de discriminación --tales como género, etnia, discapacidad, etc -- enfrentan mayores obstáculos y barreras de acceso y disfrute de derechos. En particular, informar sobre:

a) Prevención y captación de niñas y adolescentes (hasta 18 años) por grupos de crimen organizado.

b) Protección de la salud sexual y reproductiva de niñas y adolescentes.

c) Combate a la violencia sexual contra niñas y adolescentes.

d) Prevención del embarazo adolescente.

e) Atención a las necesidades particulares de NNA y jóvenes indígenas.

f) Prevención de violencia y discriminación contra NNA y jóvenes con discapacidad.

g) Inclusión social y la protección integral de las personas en contexto de movilidad humana.

Seguimiento/Supervisión

18. Mecanismos de supervisión de la implementación de las políticas públicas, programas o acciones señaladas anteriormente.

19. Incorporación de perspectiva de género, tratamiento diferenciado, y enfoque interseccionalidad en las medidas de seguimiento y supervisión de las medidas referidas.

20. Forma y grado de participación de la sociedad civil u otras organizaciones u organismos nacionales y/o internacionales que trabajen en temas protección de los derechos de NNA y jóvenes, en el diseño y monitoreo de la aplicación de las medidas anteriormente descritas.

21. Iniciativas de participación protagónica de NNA en el proceso de diseño e implementación de políticas públicas para el enfrentamiento a la violencia, el reclutamiento y al accionar de las organizaciones de crimen organizado, bien como en los asuntos que les afectan de manera particular.

Información Adicional/Adjuntos

22. Proyectos ejecutados por organizaciones de la sociedad civil para la prevención de la violencia contra NNA y jóvenes por grupos del crimen organizado.

23. Cualquier otra información que estime pertinente; y, en su caso, adjuntar copias de los marcos normativos, políticas y prácticas respectivas.


[1] Para efectos del mencionado informe, la CIDH considera como joven la persona de hasta entre 15 y 24 años, acompañando al concepto utilizado por la Organización de las Naciones Unidas.



2016

Cuestionario de consulta para la elaboración del informe sobre derechos de la niñez, libertad de expresión y medios de comunicación

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión y la Relatoría sobre los Derechos de la Niñez de la CIDH inician una consulta pública para recibir información sobre la promoción de la libertad de expresión y el rol de los medios de comunicación en el continente vinculado con los derechos de los niños, niñas y adolescentes, cuyos insumos serán destinados a la producción de un informe temático sobre "Derechos de la niñez, libertad de expresión y medios de comunicación en las Américas".

El plazo para remitir la información solicitada vence el 9 de septiembre de 2016, y debe remitirse a:

Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Organización de los Estados Americanos
1889 F Street, N.W.
Washington, D.C., 20006
Estados Unidos de América

[email protected]

Cuestionario de consulta para el informe sobre los sistemas nacionales de promoción y protección de los derechos de la niñez

La Comisión Interamericana invita a los Estados, a la sociedad civil así como a otros actores no-estatales a responder al presente cuestionario y a aportar la mayor información que les sea posible para que sea analizada en el marco de la elaboración del informe.

Las respuestas al cuestionario podrán ser remitidas hasta el 31 de mayo de 2016 a [email protected] con copia a [email protected] (por favor indicar “Cuestionario sobre SNPP” como asunto en el correo electrónico seguido del nombre del país al que se refiere), o bien a la dirección: Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Organización de Estados Americanos, 1889 F Street, NW, Washington DC 20006, dirigido a la Relatoría sobre los Derechos de la Niñez de la CIDH.



2014

Cuestionario de Consulta para el Informe sobre Violencia Armada Organizada y los derechos de los niños, niñas y adolescentes en las Américas

Entre el 25 y el 28 de febrero de 2014, la Relatoría sobre los Derechos de la Niñez circuló un Cuestionario de Consulta con el objeto de recopilar información para un informe regional acerca de la situación de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes en diversos contextos de violencia armada organizada en la región. El objeto fundamental de este informe es formular recomendaciones a los Estados que sirvan de guía sobre las líneas de acción que, de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, deben seguirse para la protección efectiva de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en estos contextos de violencia. La información recibida a través de este cuestionario servirá como una de las fuentes para la elaboración del referido informe. El plazo para recibir respuestas está abierto hasta el 31 de marzo de 2014, y deben ser enviadas a [email protected], utilizando “Cuestionario Violencia Armada Organizada” como asunto del mensaje.

La CIDH ha decidido extender el plazo para recibir respuestas hasta el 15 de mayo de 2014.