Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 8 de julio de 2022 la Resolución 30/22, mediante la cual otorgó medidas cautelares de protección a favor de Walnier Luis Aguilar Rivera e Ibrahim Domínguez Aguilar, tras considerar que se encuentran actualmente privados de libertad en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Cuba.
Según las solicitudes, las personas beneficiarias fueron privados de libertad luego de participar en las protestas, y desde julio de 2021 estarían sin recibir atención médica adecuada, pese al estado de salud que atraviesan. Asimismo, los familiares no recibieron información formal sobre el paradero de Walnier Aguilar e Ibrahim Domínguez, enfrentarían obstáculos para mantener la comunicación en las mismas condiciones que otras personas privadas de libertad.
Informaron además que, las condiciones de detención serían consideradas "severas" y que sufrirían malos tratos y amenazas por parte de autoridades penitenciarias con el objetivo de que confiesen delitos o chantajes para "mantener la buena conducta" intramuros. Por su parte, Rivera tendría una condición de salud mental que le ha demandado tratamiento psiquiátrico y no estaría recibiendo la atención médica requerida, llegando a un estado "crítico", habiéndose manifestado intenciones de suicido. Mientras que, Domínguez Aguilar habría recibido golpizas en el 2021 por lo que fue atendido con urgencia, y que, de manera reciente, pese a padecer fiebre alta, crisis de cefalea, mareos y dolores musculares con frecuencia, no recibiría tratamiento médico.
La Comisión Interamericana lamenta no contar con las observaciones del Estado, pese a que fueron solicitadas de conformidad con el artículo 25.5 de su Reglamento.
Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por los solicitantes, la CIDH considera que los beneficiarios estarían en severas condiciones de detención y malos tratos, sin recibir la atención médica adecuada tras 11 meses de detención y pese a sus estados de salud delicados. La Comisión también observa que familiares y abogados habrían presentado recursos ante las autoridades competentes para atender la situación de los propuestos beneficiarios, sin embargo, no se habría recibido respuesta.
En este sentido, la Comisión considera que la información presentada demuestra prima facie que Walnier Luis Aguilar Rivera e Ibrahim Domínguez Aguilar se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo de daño irreparable. Por consiguiente, se solicita a Cuba que:
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 152/22
10:06 AM