Relatoría Especial condena asesinato de periodista
en Honduras e insta a investigar relación con su actividad periodística
3 de marzo de
2019
Washington D.C.- La Relatoría Especial para la Libertad
de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena
el asesinato del periodista Gabriel Hernández, ocurrido el 17 de marzo de 2019
en la ciudad de Nacaóme, departamento de Valle, Honduras, e insta al gobierno
hondureño a investigar el caso con debida diligencia y esclarecer su posible
relación con la actividad periodística.
De acuerdo con la información disponible, Gabriel
Hernández se dirigía a su residencia en el barrio "La Ceiba" alrededor del
mediodía del domingo 17 de marzo, luego de asistir a clases en la universidad.
A una cuadra de su domicilio habría sido interceptado por una persona armada,
quien le habría disparado varias veces. Luego del ataque, el periodista habría
sido llevado a una clínica privada, donde falleció minutos después.
Gabriel Hernández, de 54 años, se desempeñaba como
director y presentador del programa "El Pueblo Habla", transmitido por Valle
Televisión. A su vez, era corresponsal de "Radio Globo", que transmite desde
Tegucigalpa. Según información disponible, el comunicador era opositor al
gobierno y conocido por sus fuertes críticas en contra del alcalde municipal de
Nacaóme y de los diputados del departamento de Valle.
De acuerdo con información de público conocimiento,
anteriormente el periodista habría sido objeto de amenazas, agresiones policiales y negativas de
información por parte de las autoridades municipales, encabezadas por el
Alcalde de Nacaóme. Además, según lo informado, había solicitado medidas de
protección al Mecanismo Nacional de Protección, y dicho ente le habría
manifestado que no aplicaba a las mismas.
La Relatoría ya ha manifestado en múltiples
oportunidades la necesidad imperiosa de combatir la violencia contra
periodistas a través de una política integral de prevención, protección y
procuración de justicia. En este sentido, ha resaltado la importancia de la
creación de programas especializados de protección permanente en aquellos
países donde la violencia contra los periodistas y trabajadores de medios de
comunicación esté particularmente extendida, señalando que, para que dichos
mecanismos sean eficaces, es preciso que estén respaldados por un fuerte
compromiso político del Estado, así como que cuenten con recursos humanos
suficientes, entrenados y capacitados para recibir las solicitudes de
protección, evaluar el nivel de riesgo, adoptar e instrumentar las medidas de
protección, así como monitorear las medidas que se encuentren vigentes.
El Relator Especial para la Libertad de Expresión, Edison Lanza, repudió el
asesinato del periodista y afirmó que "el Estado debe llevar adelante una
investigación completa, teniendo en cuenta la relación de su labor como
principal hipótesis del crimen y agotar todas las líneas de investigación". A
su vez, instó al gobierno a
investigar las razones por las cuales el Mecanismo Nacional de Protección de
Honduras no otorgó protección efectiva al mencionado periodista.
La Relatoría Especial llama al Estado hondureño a investigar de forma
completa, efectiva e imparcial este crimen, esclarecer sus móviles, y
determinar judicialmente la relación que pudieran tener con la actividad
periodística y la libertad de expresión. Las autoridades no deben descartar al
ejercicio del periodismo como un móvil del asesinato y/o agresión antes de que
se complete la investigación, así como proveer con recursos adecuados y
personal especializado a las instituciones encargadas de la investigación de
este tipo de asuntos.
Tanto la Comisión como la Corte IDH se han referido al efecto amedrentador
que los crímenes contra periodistas tienen para otros y otras profesionales de
los medios de comunicación, así como para los y las ciudadanas que pretenden
denunciar abusos de poder o actos ilícitos de cualquier naturaleza. Este efecto
amedrentador solo podrá evitarse, según afirma la Comisión Interamericana,
"mediante la acción decisiva del Estado para castigar a quienes resulten
responsables, tal como corresponde a su obligación bajo el derecho
internacional y el derecho interno".
El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad
de Expresión de la CIDH
señala: "[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los
comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de
comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta
severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e
investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una
reparación adecuada".
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular
la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión,
considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del
sistema democrático.
R71/19