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El 9 de diciembre de 2020, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de seis niños/as migrantes. De acuerdo con la solicitud, los propuestos beneficiarios se encuentran en riesgo inminente de ser deportados a Venezuela sin un debido análisis de sus situaciones particulares, donde presuntamente enfrentan riesgos a sus derechos a la vida e integridad personal. Al analizar los alegatos de hecho y de derecho aportados por los solicitantes, la Comisión considera que la información demuestra prima facie que los/as 6 niños/as migrantes identificados se encuentran en una situación grave y urgente, dado que sus derechos a la vida y a la integridad personal están en grave riesgo de sufrir un daño irreparable. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicita a Trinidad y Tobago que adopte las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida y a la integridad personal de V.A.L.F.; M.A.C.F.; J.A.C.F.; M.S.C.F.; M.V.V.C.; y J.A.R.M. En particular, absteniéndose de deportarlos o expulsarlos a Venezuela hasta que las autoridades internas hayan evaluado debidamente, de acuerdo con los estándares internacionales aplicables, los presuntos riesgos que enfrentan.