El mandato de la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Migrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) está enfocado en promover el respeto y garantía de los Derechos de las Personas Migrantes y sus familias, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas, desplazados internos, así como otros grupos de personas vulnerables en el contexto de la movilidad humana.
En 1996, en respuesta a la grave situación que enfrentaban los desplazados internos y los trabajadores migrantes y sus familias en diversos países del continente, la CIDH decidió crear la Relatoría sobre Desplazados Internos en el marco de su 91° Período de Sesiones y la Relatoría sobre Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias en su 92° Período Extraordinario de Sesiones. Si bien la creación de estas relatorías sirvió a la CIDH para brindar una mayor atención a los derechos humanos de las personas migrantes y sus familias, así como de los desplazados internos, la protección y promoción de los derechos humanos de otros grupos de personas en situación de vulnerabilidad en el contexto de la movilidad humana siempre ha sido uno de los principales focos de trabajo de la CIDH desde sus orígenes. Todo esto se dio como consecuencia de las migraciones forzadas de cientos de miles de personas que tuvieron que huir o abandonar sus hogares como consecuencia de las dictaduras y conflictos armados que ocurrieron en la región a lo largo del siglo XX.
Para el cumplimiento de su mandato actual, la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Migrantes lleva a cabo las siguientes funciones:
- Generar conciencia en cuanto a las obligaciones de los Estados de respetar y garantizar los derechos humanos de los migrantes y sus familias, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas, desplazados internos, así como otros grupos de personas vulnerables en el contexto de movilidad humana;
- Monitorear la situación de los derechos humanos de los migrantes y sus familias, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas, desplazados internos, así como otros grupos de personas en el contexto de movilidad humana y visibilizar las violaciones a sus derechos;
- Brindar asesoría y dar recomendaciones en materia de políticas públicas a los Estados Miembros de la OEA y a los órganos políticos de la OEA relacionadas con la protección y promoción de los derechos humanos de los migrantes y sus familias, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas, desplazados internos, así como otros grupos de personas vulnerables en el contexto de movilidad humana, a fin de que se adopten medidas en su favor;
- Elaborar informes y estudios especializados con recomendaciones dirigidas a los Estados Miembros de la OEA para la protección y promoción de los derechos humanos de los migrantes y sus familias, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas, desplazados internos, así como otros grupos de personas vulnerables en el contexto de movilidad humana;
- Actuar con prontitud respecto a peticiones, casos, solicitudes de medidas cautelares y de elevación de medidas provisionales ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en donde se señale que los derechos humanos de los migrantes y sus familias, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas, desplazados internos, así como otros grupos de personas en el contexto de movilidad humana, son vulnerados en algún Estado miembro de la OEA.