Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

informes: 5

Bolivia

informes: 2

Brasil

informes: 9

Canadá

informes: 1

Chile

informes: 3

Colombia

informes: 9

Ecuador

informes: 7

Estados Unidos

informes: 4

Guatemala

informes: 5

Honduras

informes: 1

Jamaica

informes: 1

México

informes: 1

Nicaragua

informes: 2

Panamá

  • Informe No. 75/09, Petición 286-08, Comunidades Indígenas Ngobe y sus miembros en el valle del Río Changuinola, Panamá
  • Informe No. 58/09, Caso 12.354, Pueblo Indígena Kuna De Madungandi y Emberá De Bayano y sus miembros, Panamá

informes: 2

Paraguay

informes: 3

Perú

informes: 4

Trinidad y Tobago

informes: 1

Venezuela

informes: 4