Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

informes: 10

Bolivia

Chile

Colombia

informes: 42

Costa Rica

Ecuador

informes: 9

El Salvador

Estados Unidos

  • Informe No. 60/17, Petición 776-06, Cuatro millones de ciudadanos estadounidenses residentes en Puerto Rico
  • Informe No. 17/17, Petición 1105-06, Pedro Roselló y otros

Guatemala

Honduras

Jamaica

México

informes: 13

Paraguay

Perú

informes: 11

República Dominicana

Venezuela